miércoles, 17 de octubre de 2007

BOLIVIA: Aprobaron ley de Documentos Firmas y Comercio Electrónico

Se aprobó por unanimidad del senado el proyecto de ley sobre “Documentos, Firmas y Comercio Electrónico”, con el objetivo de facilitar el trámite en los diferentes ámbitos de la administración.

Esta ley entrará en vigencia desde 18 meses después de su aprobación no cambia la estructura del derecho existente.

El proyecto de ley que fuera aprobado en grande el 21 de agosto de 2007 tiene como objeto reconocer el valor jurídico y probatorio de los mensajes de datos, documento electrónico, firma electrónica, contratación electrónica, así como el comercio electrónico, incluyendo modificaciones al Código Penal sobre la utilización de los medios electrónicos y a los delitos informáticos.

Según los entendidos este proyecto de ley no cambia la estructura del Derecho existente, simplemente reconoce el valor jurídico y probatorio de un nuevo soporte el “soporte electrónico”, es así que se respetan los Códigos Civil y Comercial y sólo se incluyen modificaciones al Código Penal, incluyendo al correo electrónico, documento electrónico, medios electrónicos y nuevos delitos informáticos.
Al igual que como se hacia con la información contenida en soporte papel, es importante conocer los nuevos términos que se empezarán a manejar el próximo año, es así que el documento escrito pasa a ser el documento electrónico, la firma manuscrita (firma electrónica), la Cédula de Identidad o Pasaporte para identificarse (Certificado Electrónico), algunos contratos en presencia física del Notario de Fe Pública (documento público electrónico), la contratación entre personas presentes (contratación electrónica) y el comercio tradicional (comercio electrónico).

Este nuevo soporte conocido de forma genérica como “medios electrónicos” (computadora, Internet, celular, fax, televisión, entre otros) van a permitir agilizar y hacer más eficientes nuestros trámites en los ámbitos de la Administración Pública (diversos trámites en línea), Administración de Justicia (notificaciones electrónicas a un correo electrónico si se fija como domicilio), ámbito financiero (banca electrónica o telebanca, desmaterialización de documentos), ámbito tributario (presentación de impuestos por Internet, factura electrónica), ámbito comercial (contratación electrónica, vender a cualquier parte del mundo), entre otros.

Hoy en día se está realizando contratación electrónica y utilizando documentos electrónicos al retirar dinero de cualquier cajero automático con nuestra tarjeta de débito o crédito, o al pagar con las mismas en un supermercado o negocio que aceptan el pago con tarjeta.

Con este sistema se puede tener presencia a nivel mundial al contar con un sitio web a través del cual se podrá vender productos, ya sean bienes o servicios, ahorrando en costos de pagar el alquiler de una oficina, luz, agua, secretaria, etc.
La nueva ley de Documentos, Firmas y Comercio Electrónico dará seguridad en el marco de las transacciones que se realizan a través de medios electrónicos en cualquier ámbito.

Según el informe se tiene previsto que una vez aprobada la ley, se contará con un plazo de hasta dieciocho meses para la difusión de la misma al sector público (Administración Central, Departamental y Local y al Poder Judicial), sector privado y sociedad civil (Colegios de Abogados, Notarios, Ingenieros, entre otros).

http://www.elmundo.com.bo/Secundarianew.asp?edicion=07/10/2007&Tipo=Economia&Cod=7156

1 comentario:

Anónimo dijo...

Interesante post, estoy de acuerdo contigo aunque no al 100%:)