martes, 2 de octubre de 2007

ESPAÑA: La AETIC carga contra la enmienda que quieren introducir las sociedades de gestión en la LISI

La tramitación de la LISI (Ley de Impulso a la Sociedad de la Información) vuelve a encender el conflicto entre las sociedades de gestión de derechos de autor y la industria de Internet. AETIC denuncia que las entidades gestoras pretenden introducir una enmienda a la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información que les permita exigir el cese de actividad a los proveedores de servicios y contenidos en Internet (ISP) que ellas consideren que vulneran los derechos de autor sin mediación de un juez.

Aunque para introducir esta enmienda a la normativa en trámite las entidades de gestión deberían conseguir que alguno de los partidos la adoptase en el debate parlamentario –y eso AETIC no lo considera probable, a tenor de las últimas manifestaciones públicas de los grupos parlamentarios–, Jesús Banegas, presidente de esta patronal no quiere confiarse y carga contra una pretensión que considera extremadamente atentatoria contra el “frágil equilibrio entre las partes” y generadora de inseguridad
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“Nadie está más interesado que AETIC y sus empresas en la protección de la propiedad intelectual, pero en ningún caso podemos admitir que su administración cuestione el principio de seguridad jurídica cuya vigencia es fundamental para un óptimo desarrollo de nuestra sociedad”, señala el directivo, quien no cree necesaria la implantación de medidas que protejan, “aún más”, los derechos de autor. En lugar de esto, Banegas propone que se agoten las posibilidades legales de la legislación vigente. “Todavía no se han aprovechado, por parte de los propietarios de los derechos y sus representantes, todas las herramientas legales amparadas en las últimas directivas europeas sobre esta materia”, asegura el presidente de AETIC.

Banegas hace un repaso sobre las legislaciones que regulan los derechos de autor en el ámbito de las nuevas tecnologías en Estados Unidos y los países de la Unión Europea para concluir que en ninguna se incluye nada parecido a lo que proponen las sociedades de gestión de derechos en España.

http://www.idg.es/computerworld/noticia.asp?id=60763

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